El cumplimiento de las leyes y la protección de sus derechos. Nada más simple que eso es lo que pide Luis Giuliani, un incansable activista defensor de aquellos que conviven con una discapacidad. Él posee una que lo obliga a movilizarse con muletas, y a veces en silla de ruedas cuando ni los medicamentos lo ayudan a mitigar el dolor. Pero no está dipuesto a detener su lucha, por más obstáculos que se le presenten en el camino y ofrecimientos de coimas intenten acallar su voz.
No son pocas las leyes que defienden a las personas con discapacidad. Por citar sólo algunas, la ley 25.280 -que aprueba la "Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad"- y la ley 26.378 sancionada el 21 de mayo de 2008 -que aprueba la "Convención Internacional sobre los derechos de las personas con Discapacidad"-. Esto sin mencionar los artículos 16 y 75 inc. 23 de la Constitución Nacional que se refieren a la igualdad de derechos entre los habitantantes.
En el año 2004, el Poder Ejectuvo Nacional dictó el decreto 38/04 que reglamenta la ley 25504 y que establece que el certificado de discapacidad previsto en la ley 22431 y su modificatoria- ley 25635- será el único requisito para acceder al derecho de gratuidad para viajar en los distintos tipos de transporte colectivo terrestre.
Sin embargo, el mismo Gobierno dos años más tarde sancionó el decreto 118/06 cuyo artículo 4º limita el transporte gratuito a sólo 1 plaza para discapacitado y 1 para su acompañante, si el servicio cuenta con hasta 54 asientos y de 2 plazas para discapacitados y su acompañante si la capacidad fuera mayor.
Tal como se desprende del texto del decreto 2407/02, la gratuidad sólo será aplicable a los servicios que se prestan en las categorías denominadas "Común", "Común con Aire", "Semicama" y no en los correspondientes a "Cama-Ejecutivo" y "Cama Suite", medida discriminatoria, más si se tiene en cuenta que cada vez hay menos unidades con esas categorías económicas.
Este decreto debe ser reglamentado por la Secretaría de Transporte, entidad que aún no se expidió, lo que la hace inviable. A pesar de ello, el abogado de la empresa Transfer Line presentó una demanda contra la CNRT con la intención de que se le reconozca el artículo 4º del decreto 118/06. Por motivos que se desconocen, los jueces fallaron en favor de la empresa, violando las leyes.
Esto motivó a que el jueves pasado, Giuliani junto a un grupo de personas se acercaran hasta la boletería de la empresa ubicada en la Terminal de ómnibus de Retiro.
En el recorrido hacia la ventanilla de expendio de pasajes, el activista iba denunciando a las demás compañías que ponen algún tipo de restricción en la entrega de pasajes a las personas con discapacidad.
No hubo respuestas de parte de las autoridades de Transfer Line. Tampoco los medios de comunicación le dieron difusión a la protesta -salvo Crónica TV- a pesar de que estaban informados acerca de la misma. "Algunos dijeron igual siempre son pocos los que van y otros pidieron cortar, algo del que no soy amigo porque nos tiramos a la gente en contra", explicó Giuliani.
Mientras espera que las autoridades de las distintas empresas de ómnibus y el secretario de Transporte se pronuncien sobre este fallo, antes de encarar la vía judicial -que la Corte de marcha atrás esta resolución llevaría un buen tiempo- el activista, creador de los sitios www.mundodiscapacitado.blogspot.com, www.mundodiscapacitado.com.ar y www.sosdiscapacidad.com.ar organizó una nueva protesta para el próximo 26 de noviembre en la Terminal.
Giuliani sabe de batallas, las físicas y aquellas en las que pone en juego sus ideales y el interés común. Entre pequeñas victorias y muchas derrotas, sigue al frente. Porque, como dice él, "la peor discapacidad es la moral".
No hay comentarios:
Publicar un comentario